El acreditamiento de IVA cuando existe retención

¿Sabes cuándo debes hacer la retención y entero del IVA retenido? Analizamos con nuestros experto la Ley del IVA sobre el pago y retención del impuesto correspondiente, así como su acreditamiento conforme a lo dispuesto por las autoridades fiscales.

De acuerdo con el penúltimo párrafo Art. 1-A de la LIVA, la retención se hace al momento en que se paga el precio o la contraprestación.
Sobre el monto efectivamente pagado, se dará aviso en la declaración y se presentará con el pago del impuesto correspondiente al mes en el cual se efectúa la retención; en su defecto, se informará a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en el que se hubiese efectuado la retención.
  • ¿Cuándo y cómo se debe acreditar el IVA por los actos o actividades cuando existeretención de IVA?
Conforme a la fracción IV del Art. 5 de la LIVA, el impuesto retenido y enterado podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención.
  • ¿Cómo se debe declarar la operación en la DIOT cuando retenemos IVA?
Según la fracción VIII del art. 32 de la LIVA, se debe desglosar el valor de los actos o actividades correspondientes al pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado de las operaciones con proveedores.
  • ¿Cómo se presenta en el programa de declaración y pagos el acreditamiento del IVA retenido?
Como lo indica el SAT, en las preguntas y respuestas del servicio de declaración y pagos, la información del IVA retenido, se presenta en la sección de determinación del impuesto al valor agregado, en el renglón otras cantidades a cargo del contribuyente; éste presentará el impuesto retenido a enterar, en el renglón otras cantidades a favor del contribuyenteasí se presentará el impuesto retenido en el mes anterior que se acredita.
Veamos un ejemplo ficticio para una mejor asociación:
La empresa Soyconta, S.A. de C.V. en el mes de agosto pagó honorarios a una persona física que le extendió su CFDI con los siguientes conceptos:
Honorarios   $600.00
IVA 16%        $96.00
ISR retenido $60.00
IVA retenido $64.00
Total              $572.00
1.- ¿Cuándo debemos hacer la retención y entero del IVA retenido?
La retención de $64.00 se hace en agosto porque es cuando se realiza el pago y el entero se presentará conjuntamente con la declaración de agosto.
2.- ¿Cuándo y cómo se debe acreditar el IVA por los actos o actividades cuando existe retención de IVA?
Para determinar el IVA que se puede acreditar en agosto debemos hacer la siguiente comparación:
IVA 16%         $96.00
IVA retenido $64.00
Diferencia     $32.00
El IVA acreditable para el mes de agosto es de $32.00
3.- ¿Cómo se debe declarar la operación en la DIOT cuando retenemos IVA?
La operación a declarar es por el total del acto o actividad en este caso, $ 600.00
4.- ¿Cómo se presenta en el programa de declaración y pagos el acreditamiento del IVA retenido?
En la declaración del mes de agosto en el renglón otras cantidades a cargo del contribuyente, se presentará la cantidad de $ 64.00. En la declaración de septiembre en el renglón otras cantidades a favor del contribuyente, se presentará la cantidad de $ 64.00.
Esta forma de acreditamiento del IVA cuando hay retención, crea muchas confusiones, ya que si hacemos un recuento, el IVA acreditable que declaramos en la DIOT es mayor al IVA acreditable que efectivamente tenemos en el periodo por causa de la retención; y si a eso le sumamos que en el programa de declaración y pagos, en el mes en que se hace la retención se declara el total del acto o actividad, y en el siguiente mes el resto del IVA acreditable correspondiente a la retención, pero con el concepto de otras cantidades a favor del contribuyente, lo hace aún más confuso.
Cabe entonces preguntarnos si:
  • ¿El sistema contable que utilizamos está bien medido para este tipo de operaciones?
  • ¿La asociación de los XML en nuestro sistema contable distribuye el IVA acreditable de forma automática dos momentos diferentes?
¿Tú cómo los estas presentando?

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