Verifica cómo y cuándo debes cumplir con esta exigencia
Una de las obligaciones que tienen que cumplir algunos contribuyentes es informar a las autoridades fiscales de las contraprestaciones que reciben en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a 100 mil pesos.
Sujetos obligados
Sujetos
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Fundamento
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Personas morales del Título II de la LISR | Art. 76, fracc. XV, LISR |
Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR, con fines: asistenciales, educativos, investigación científica o tecnológica, culturales, ecológicas, de reproducción de especies protegidas o en peligro de extinción y becantes | Art. 82, fracc. VII, LISR |
Personas físicas:
| Arts. 110, fracc. VII, 118, fracc. V y 128, LISR |
Sobre el particular el RLISR precisa que se debe observar esta exigencia cuando:
- la contraprestación y los impuestos correspondientes superen los 100 mil pesos
- se efectúe respecto de una misma operación uno o varios pagos y la suma de ellos supere la cantidad mencionada
- la contraprestación se pague, una parte en efectivo, en piezas de oro o de plata, y otra con cheque, transferencias bancarias u otros instrumentos monetarios. Únicamente están obligados a informar sobre estas operaciones la contraprestación en efectivo, en piezas de oro o de plata, exceda de 100 mil pesos dentro de un mismo mes (arts. 112 y 161, RLISR)
Si te encuentras en alguno de los supuestos señalados sigue los siguientes pasos para realizar el trámite
- Descarga e instala en tu equipo de cómputo la Declaración Informativa del Formulario 35
- ejecuta el programa, captura y encripta la información de tu declaración informativa
- genera los archivos de tu declaración informativa, en tu equipo de cómputo, USB o CD
- ingresa a la sección Trámites, y de la barra superior elige la opción “Declaraciones”
- del apartado Estímulos Fiscales, entidades federativas elige la opción: Operaciones mayores a 100 mil pesos
- captura tu RFC y contraseña en la pantalla desplegada e Inicia tu “Sesión”
- Ingresa el archivo que generaste de tu declaración informativa y da clic en “Enviar”, e
- imprime y conserva tu acuse electrónico y recibe por correo electrónico el acuse de aceptación del trámite
Recuerdas que esta declaración debe presentarse a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación.
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