El artículo 23 de la LI para 2016 prevé que los contribuyentes que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que hayan realizado operaciones con el público en general, y además hayan obtuvieron en 2015 ingresos menores de 300 mil pesos tienen derecho a aplicar una reducción del 100 % del IVA o del IESPS.
Sin embargo, en materia de ISR aplica la disminución del 90 %.
A continuación podrás visualizar que en la pantalla de mis cuentas se observa la aplicación de las reducciones en comento de IVA e ISR.
FUENTE IDC
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