Reducción de pagos de impuestos para el RIF

Contribuyentes con ingresos menores a 300 mil  pesos en el ejercicio inmediato anterior tienen derecho a este beneficio 
El artículo 23 de la LI para 2016 prevé que los contribuyentes que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que hayan realizado operaciones con el público en general, y además hayan obtuvieron en 2015 ingresos menores  de 300 mil pesos tienen derecho a aplicar una reducción del 100 % del IVA o del IESPS.
Sin embargo, en materia de ISR aplica la disminución del 90 %.
A continuación podrás  visualizar que en la pantalla de mis cuentas se observa la aplicación de las reducciones en comento de IVA e ISR.

FUENTE IDC

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