Vía RMISC 2016 se pretende ajustar devolución del IVA

Si no exhibiste la DIOT en tiempo, no podrás solicitar el reintegro saldos menores a 1 millón de pesos
El SAT dio a conocer en su sitio web el anteproyecto de lo que pretende ser la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMISC 2016.
Este documento contiene como requisito adicional para la procedencia de la devolución expressde saldos a favor del IVA que no excedan de un millón de pesos y puedan restituirse en un plazo de cinco días:
Si pretendes pedir devolución del IVA utilizando la e.firma o e.firma portable debiste haber presentado la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) por el periodo al que corresponda el reintegro, con fundamento en la regla 2.3.17; de lo contrario no será viable.
Esto será aplicable a partir del 6 de abril de 2016 en términos del artículo primero transitorio del anteproyecto.
FUENTE IDC

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